A 100 años del nacimiento del lujanense Mignone
24/07/2022- Fue un defensor de los derechos humanos en plena dictadura militar. Era rector de la Universidad de Luján hasta que se produjo el golpe de 1976.
El 23 de julio de 1922 nacía el lujanense, abogado, especializado en derecho público, ciencia política, – política educativa y científico-tecnológica, historia contemporánea, derechos humanos, y relaciones entre religión y sociedad. Sus 76 años de vida han resultado de un protagonismo inusual y -al mismo tiempo- intensos como ha ocurrido con pocos hijos de Luján. Además de las repercusiones periodísticas de su amplia trayectoria y actividad pública, quedan -de su pluma, tan concisa, aguda y amena- firmes testimonios documentales como numerosos libros, folletos, artículos, minutas y ensayos, además de videos y cintas grabados. Entre otras cuestiones, dejó un riguroso testimonio de las relaciones de la Iglesia católica con la dictadura entre 1976 y 1983. Falleció el 21 de diciembre de 1998.
«Puso el servicio humanitario por encima de pasiones políticas y jamás dejó de lado sus ideales de justicia y de libertad, que impulsó en la época más sangrienta de la Argentina. Por su trayectoria en la lucha por los derechos humanos bajo regímenes dictatoriales, es un ejemplo para todos aquellos quienes de alguna manera hemos enfrentado situaciones similares”. Expresó Roberto Cuéllar, Director ejecutivo Instituto Interamericano de Derechos Humanos.
En un documento compartido por la Junta Municipal de Estudios Históricos, el abogado, investigador y docente Néstor Fabián Migueliz, destaca que varios lugares públicos lo recuerdan: en nuestra ciudad (el Instituto Municipal Superior de Educación y Tecnología lleva su nombre, pero también en otros distintos puntos del país y del exterior. Un fallo de la Suprema Corte federal (del año 2002) lleva su nombre (por la modalidad de la carátula judicial, aunque accionara representando al CELS): se trata de una acción de amparo que procuró y logró “garantizar el derecho de sufragio (Art. 37 de la C. N.) de las personas detenidas sin condena en todos los establecimientos penitenciarios de la Nación, en condiciones de igualdad con el resto de los ciudadanos.