DestacadasLocalesNoticias

Boto decretó el cierre de lugares y espacios cerrados de concurrencia y permanencia de personas

Compartilo
Share

19/03/2020- Hoy, a partir de las 20, comenzará a regir la medida implementada por el Jefe Comunal que incluye a “locales bailables o discos, bares, pubs, cervecerías y/o restobares bailables, restaurantes, confiterías, heladerías, salones de fiestas, entre otros; actividades sociales y/o culturales, tales como salones de eventos, congresos, teatros, cines, centros culturales, entre otros; actividades físicas y/o deportivas, tales como gimnasios, natatorios, clubes; y actividades religiosas que se desarrollen en templos de concurrencia masiva, cualquiera sea su culto”.

El Intendente Leonardo Boto decretó hoy el cierre de lugares y espacios cerrados de concurrencia y permanencia de personas para evitar la propagación del virus Covid-19 en Luján.

“La medida tendrá vigencia desde las 20 horas de hoy hasta las 24 horas del día 31 de marzo de 2020 y alcanza a: locales bailables o discos, bares, pubs, cervecerías y/o restobares bailables, restaurantes, confiterías, heladerías, salones de fiestas, entre otros; actividades sociales y/o culturales, tales como salones de eventos, congresos, teatros, cines, centros culturales, entre otros; actividades físicas y/o deportivas, tales como gimnasios, natatorios, clubes; y actividades religiosas que se desarrollen en templos de concurrencia masiva, cualquiera sea su culto”, precisaron.

“El texto aclara que dichos comercios, en caso de que sus rubros habilitados así lo admitan, podrán brindar el servicio de elaboración y venta de comidas y bebidas, únicamente para llevar o a través del servicio de envío a domicilio, debiendo extremar en todos los casos las medidas de bioseguridad del personal”, aclararon.

“En tal caso, los comercios deberán limitar el ingreso de personas y su aglomeración y asegurar la separación de más de dos metros entre ellas, higienizar cada una hora los sanitarios, elementos de todo tipo que se encuentren en contacto con el público o los empleados, poner alcohol en gel a disposición del público y proveer a su personal de elementos de protección”, remarcaron.

Por otro lado, el decreto dispone que, durante el mismo período, los establecimientos de concurrencia masiva de personas tales como supermercados, bancos, entidades financieras o de pago, entre otros, deberán limitar el ingreso de personas y su aglomeración, debiendo reforzar con personal el servicio de cajas para agilizar las salidas de los clientes, asegurar en las filas la separación de más de dos metros entre personas, higienizar cada una hora las barandas, manijas de carros y todo elemento de contacto con el público, poner alcohol en gel a disposición del público y proveer a su personal de elementos de protección. También deberán establecer un horario especial y exclusivo para la atención de la población considerada dentro de los grupos de riesgo.

El Departamento Ejecutivo recuerda que estas medidas responden al cuadro de situación y recomendaciones actuales, y que el alcance de las mismas puede modificarse o ampliarse.

Compartilo
Share

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *