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Jubilación por moratoria: Habrá una evaluación socioeconómica, quienes no la aprueben podrán jubilarse pagando la deuda al contado

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03/04/2023- La evaluación socio económica es clave para acceder a la moratoria. Una persona que tiene ingresos o bienes que superan las pautas de la evaluación puede jubilarse pero pagando el total de la deuda de la moratoria en una sola cuota.

Esta condición también rige para las pensiones contributivas, por ejemplo por viudez, si cobran una pensión superior al haber mínimo. Informó “Clarín.com” en el día de ayer.

Consultado por “La Voz de Luján” Juan Carlos Juárez, abogado y consultor en seguridad social, informó acerca de los alcances de la moratoria previsional (Ley Nº 27705), recientemente sancionada por el Congreso de la Nación.

El dirigente lujanense detalló que los beneficiarios podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive. La Ley alcanza a mujeres de 60 años, hombres de 65 años y se puede pagar hasta en 120 cuotas. Cada mes adeudado equivale a $5730.

Juárez, quien se desempeñó como Diputado Provincial durante dos mandatos y cumplió con diversas funciones ejecutivas en Seguridad Social, aclaró que el haber jubilatorio será de acuerdo a los años de aportes y se descontará de ahí la cuota mensual.

En cuanto la reglamentación del Plan de Pago de Deuda Previsional (PPDP, la “moratoria”) se informó que para ingresar a la moratoria, los solicitantes no podrán comprar moneda extranjera por el plazo de 12 meses. Y sobre la base de un conjunto de parámetros
(ingresos, bienes, gastos con tarjetas de débito/crédito, bienes personales, etc) la ANSeS evaluará la situación socio patrimonial del o de la solicitante antes de otorgar el beneficio.

Si cumple esos parámetros, podrá cancelar la deuda por los años de moratoria en hasta 120 cuotas, deducibles del haber previsional, tal cual lo expresó Juan Carlos Juárez. Pero si excede esos parámetros, deberá pagar la deuda en una sola cuota. 

En este sentido, Juárez explicó que a cada solicitante se le hará una evaluación socioeconómica de acuerdo a los parámetros que establezca la afip en función de ingresos anuales, gastos y bienes personales, “medida está que atenta contra el principio de equidad e igualdad, esto ya sucedía con la moratoria anterior, dando lugar a reclamos judiciales”.

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