Las sospechosas urgencias del intendente Boto
25/02/2022- En un minucioso comunicado el ex Concejal Fernando Casset fija la posición del Ateneo Raúl Alfonsín en cuanto a temas sensibles para la comunidad y deja planteadas profundas sospechas sobre las intenciones del intendente Boto.
Texto del comunicado:
En las últimas semanas el gobierno del intendente Leonardo Boto ha pretendido instalar la idea de que es necesaria la revisión integral del Código de Ordenamiento Urbano (COU).
Paralelamente, varias iniciativas del gobierno municipal contradicen no solo disposiciones concretas de ese COU, sino incluso su esencia, expresada a través de sus ejes estratégicos.
Como si esto no fuera suficiente, ahora Boto alienta también la propuesta de modificar la ordenanza que prohíbe en Luján la radicación de industrias “de tercera categoría”, las más peligrosas “porque su funcionamiento constituye un riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población u ocasiona daños graves a los bienes y al medio ambiente”, según la ley vigente.
No hay razones visibles que justifiquen esta agenda del intendente Boto. No estaban –hasta la irrupción de la propia gestión comunal con este temario– estas cuestiones entre las preocupaciones de las vecinas y los vecinos de Luján. Cabe entonces preguntarse en qué está pensando el gobierno municipal cuando instala estos temas, qué intereses pretende defender, hacia dónde está dirigido su accionar.
Y, ante la falta de respuestas, es legítimo sospechar sobre cuáles son las verdaderas urgencias del intendente Boto.
Ante la posibilidad de que existan intereses inconfesados e inconfesables detrás de esta agenda que se pretende imponer, es necesario reafirmar que cualquier discusión o debate que incida en la calidad y el modo de vida de las vecinas y los vecinos de Luján debe procurar satisfacer el bien común, no alguna mezquina pretensión sectorial.
La participación debe, además, ser amplia, abierta, plural. Todos tienen que ser convocados. Todos deben poder expresarse.
Pero, fundamentalmente, ninguna discusión nueva puede ignorar o poner en duda las anteriores conquistas de la comunidad. Los pasados logros colectivos deben ser la base a partir de la cual se tracen los nuevos rumbos. Nadie puede hacer borrón y cuenta nueva con lo que hoy es ya un patrimonio de todos.
No hay ninguna posibilidad de debate si no es transparente, público, abierto, plural, y que consolide los logros obtenidos previamente por la comunidad local.
LA FALSA NECESIDAD DE “ACTUALIZAR” EL CÓDIGO DE ORDENAMIENTO URBANO (COU)
Algunos voceros del actual gobierno municipal dicen que están esperando “la promulgación (sic) del nuevo COU”, con una gran variedad de argumentos, todos ellos falaces.
Se habla de que en 2022 deberá procederse a “la actualización del COU, teniendo en cuenta que ya pasaron cinco años desde su aprobación”. Este fundamento es doblemente falso.
Por un lado, si bien es cierto que las Ordenanzas Nº 6.771 y Nº 6.926 fueron sancionadas en 2017, el posterior proceso de convalidación provincial (previsto en el artículo 83 del Decreto-Ley provincial Nº 8.912/1977, de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo) hizo que el COU recién entrara en vigencia el día 1 de noviembre de 2019. Es decir que su aplicación lleva apenas poco más de dos años.
Por otra parte, no existe ninguna norma que imponga un proceso de revisión o reformulación del COU en determinado plazo. El procedimiento para la modificación total o parcial de ese código está previsto en su Capítulo 10. Allí se establece que la iniciativa sea del Departamento Ejecutivo (por sí o a requerimiento de particulares), que ello sea tratado y resuelto por el Concejo Deliberante y que finalmente cuente con la convalidación provincial. Pero nada dice de que a los cinco años de aprobado o de estar vigente el COU deba ser “actualizado”.
También se ha dicho que el COU perjudica al sector industrial, al modificar las características urbanísticas de las zonas en que se encuentran radicadas algunas empresas. Ello tampoco es cierto. Expresamente el punto 1.4.1 del COU, incluido en el “Capítulo 1 – Disposiciones generales”, establece que “la existencia de actos administrativos desarrollados con anterioridad a la puesta en vigencia del COU dan origen a derechos adquiridos que el Municipio reconocerá a los propietarios”.
Ante todo esto, es legítimo recordar que, al entrar en vigencia el COU, hubo quienes no vieron satisfechas sus pretensiones, en particular emprendedores inmobiliarios que esperaban que a determinadas superficies se les dieran indicadores urbanísticos que permitieran la realización de loteos, barrios cerrados o clubes de campo. ¿No serás esos sectores los que están esperando que se ponga nuevamente en discusión el COU, a tan poco tiempo de su aplicación?
Por otra parte, ¿qué seguridad jurídica puede ofrecer a su población y a eventuales inversores un municipio que pone en duda la estabilidad de una de sus normas fundamentales, como es la que ordena localmente el uso del suelo?
EL PROPIO GOBIERNO MUNICIPAL COMO PROMOTOR DE “EXCEPCIONES” AL COU
Sorprenden –y generan sospechas– estas manifestaciones del actual gobierno comunal cuando casi no se conocen reclamos ni peticiones de vecinos planteando formalmente modificaciones o “excepciones” a las disposiciones establecidas por el COU.
En los dos años y tres meses que tiene de existencia legal el COU, el Concejo Deliberante debió intervenir únicamente en una sola solicitud de un particular, quien requería que a un inmueble se le otorgaran indicadores urbanísticos distintos a los vigentes, para poder fraccionarlo en lotes de menores dimensiones. Esa petición, cabe aclarar, fue rechazada a fines de 2021.
Todos los demás proyectos que pretenden “excepciones” al COU han sido promovidos por la propia gestión de Boto, y aprobados por sus propios concejales, cuando aprovechaban su mayoría automática. Un ejemplo de ello es la autorización para la instalación de una playa de estacionamiento de colectivos en un predio municipal aledaño a la Terminal de Ómnibus, en la que ese uso estaba expresamente prohibido.
También resulta contradictoria con los propósitos del COU la pretensión de determinar como área urbana –para subdividirla en 402 pequeños lotes– a una fracción de 17 hectáreas que hoy integran el predio del Instituto Alvear, en el barrio Los Laureles. Ese sector limita, calle por medio, con el Partido de General Rodríguez.
Esta iniciativa (además de que sería posible mediante la calificación del sector como un “distrito de promoción del hábitat social”, inexistente en el COU), implicaría el primer caso de urbanización de tierras de Luján pegadas a un distrito del Conurbano. El gobierno de Boto, de concretarse esta iniciativa, inauguraría la “conurbanización” que los lujanenses venimos evitando desde hace décadas, ya desde la entrada en vigencia del viejo Plan Regulador establecido por la Ordenanza Nº 1.444 del año 1979.
La necesidad de preservar el “cinturón verde” que separa al Partido de Luján de los demás distritos que lo rodean, y en especial de los que conforman el Gran Buenos Aires, fue una coincidencia expresada por unanimidad en las dos décadas que llevó la discusión y elaboración del COU. Vecinas y vecinos, organizaciones ambientalistas, expertos académicos, técnicos, entidades empresariales, funcionarios y legisladores locales siempre manifestaron que el nuevo COU debía mantener esa barrera normada por el Plan Regulador, impidiendo el fraccionamiento de las tierras que rodean a las zonas urbanas en pequeños lotes.
Este propósito quedó fundamentalmente plasmado en el primero de los “ejes estratégicos” del COU, que establece como uno de sus objetivos el de “posicionar a Luján como un centro autónomo complejo, señalando el interés por consolidar un cinturón verde que previendo la futura expansión urbana, proteja a la localidad del proceso de metropolización”.
Llama la atención que no se den explicaciones razonables para localizar el pretendido fraccionamiento en otro sitio.
También preocupa que la actual gestión haya eludido sistemáticamente escuchar y atender la opinión de los vecinos de Torres, preocupados por un emprendimiento similar, que propone fraccionar en 444 pequeños lotes una parte del campo de la Colonia Montes de Oca.
Ni el intendente Boto ni ninguno de sus funcionarios se hizo presente en cada oportunidad en que el Concejo Deliberante pretendió discutir públicamente este proyecto. Y ninguna modificación a la iniciativa original ha sido incorporada al expediente, desoyendo las inquietudes de los vecinos, que quieren escuchar información oficial, dar su opinión, hacer preguntas, recibir respuestas.
En este punto, no debe dejar de mencionarse que la principal operadora del intendente Boto para impulsar estos temas en el Concejo Deliberante es la concejal Carolina Francia. Esta edil tiene todavía pendiente una investigación por denuncias que la involucran en daños a la fachada del Palacio Municipal, causa que –por sí sola– es suficiente para que no sea mantenida como presidenta de la Comisión de Urbanismo y Planeamiento Urbano y Rural del Concejo. Pero, además, el modo en que ha desempeñado hasta ahora esa función, promoviendo los temas que a Boto le interesan y demorando aquellos que no, debería llevar a la oposición a no convalidar su continuidad al frente de una comisión tan sensible y estratégica como esta.
LA PROHIBICIÓN DE INDUSTRIAS ALTAMENTE CONTAMINANTES: UNA DISCUSIÓN YA SALDADA POR LOS Y LAS LUJANENSES
Con la misma ligereza, el gobierno municipal impulsa ahora “la discusión” sobre la Ordenanza Nº 6.224, que desde el año 2013 prohíbe en todo el Partido de Luján la radicación de industrias definidas como “de tercera categoría” por su alto impacto ambiental. El propio intendente Boto ha dicho públicamente que está a favor de revisar también esa ordenanza, afirmando que “hay algunos proyectos de inversión que están siendo detenidos por esta ordenanza, de fábricas ya existentes”.
Obviamente, Boto no dice cuáles son esos “proyectos detenidos”, y eso permite dudar de que sea cierta su afirmación; o, peor aún, hace sospechar que se trate de emprendimientos que no se atreve a hacer públicos.
Tampoco dice Boto que el artículo 15, inciso c), de la Ley provincial Nº 11.459 de Radicación Industrial se refiere a los establecimientos industriales de tercera categoría indicando que “se consideran peligrosos porque su funcionamiento constituye un riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población u ocasiona daños graves a los bienes y al medio ambiente”.
El intendente Boto no reconoce que la aprobación de la ordenanza que prohíbe a estas industrias contaminantes fue el resultado de la movilización de muchos vecinos y vecinas de Luján, por sí mismos y a través de un gran número de organizaciones comunitarias, que lucharon durante años para lograr primero la erradicación de la curtiembre Curtarsa, y luego la no instalación en ese predio de otra fábrica perjudicial para la salud humana y la sanidad ambiental.
Por eso las expresiones del jefe comunal preocupan con particular sensibilidad a la comunidad de Jáuregui. Allí, en medio del pueblo, existen habilitados tres parques industriales: uno en la ex Algodonera Flandria, otro en la ex Linera Bonaerense y otro en la ex Curtarsa. Esa es la localidad que durante décadas tuvo una curtiembre en plena trama urbana. ¿Cómo no van a estar alarmados frente a la posibilidad de que otra vez se pretenda establecer industrias de tercera categoría en ese lugar?
Boto sabe –y calla– que la “discusión” que él propicia ya la tuvimos los y las lujanenses. La Ordenanza Nº 6.224 no fue una improvisación. Esa norma coincide con el modelo de desarrollo que deseamos dar a nuestro distrito. Eso mismo está reflejado en el COU, al señalar que uno de sus ejes estratégicos es “la recuperación de la calidad ambiental, promoviendo una serie de acciones tendientes a mejorar el manejo ambiental del Partido”.
Coincidentemente, otro de esos ejes deja manifiesta la intención de dar a Luján un perfil de desarrollo productivo en el que la actividad predominante no sea la industria, sino el turismo, el comercio y los servicios. Ello ha quedado así formulado: “El segundo eje, movilizar el potencial económico de la localidad, destaca la necesidad de reorganizar el espacio productivo, estimular el crecimiento de las actividades comerciales y de servicios destacando el interés por el desarrollo de actividades turísticas, así como de áreas de apoyo a la segunda residencia y a las actividades universitarias”.
Si Luján no pretende ser un polo industrial, ni quiere que la actividad industrial sea su principal fuente productiva, y si además hay coincidencia en impedir la radicación de empresas altamente contaminantes, ¿de quién es el interés por revisar la ordenanza que prohíbe la radicación de industrias de tercera categoría?
Ateneo Raúl Alfonsín